domingo, 23 de abril de 2017

¿QUÉ ES EL RIESGO?


DEFINICIÓN DE LA PALABRA RIESGO

Es un hecho futuro, incierto, posible e independiente de la voluntad de las personas, que de tener lugar produce consecuencias no deseadas.

CLASES DE RIESGOS
En base al objeto afectado los riesgos los podemos clasificar en:

Riesgos personales: Afectan o amenazan a las personas, como el fallecimiento, la supervivencia sin recursos económicos suficientes, los accidentes, la enfermedad, etc.

Riesgos materiales: Afectan o amenazan a los animales o a las cosas, como el incendio, el robo, el transporte, etc.

Riesgos patrimoniales: Afectan o amenazan al patrimonio abstracto de las personas, como la responsabilidad civil, el crédito, la paralización de los trabajos, etc.

CLASIFICACIÓN DE RIESGOS

Ordenación de los distintos tipos de riesgos, separándolos en grupos homogéneos en razón a su peligrosidad.

 riesgo objetivo. Aquel cuya composición, características, circunstancias intrínsecas o extrínsecas y otros aspectos básicos aparecen descritos en la póliza –o son susceptibles de ello–, de modo que permiten a la entidad aseguradora tener una información suficiente y correcta del mismo. 

 riesgo profesional. En general, es aquel que tiene su origen en el ejercicio de una profesión o actividad y puede afectar directa y corporalmente al trabajador que la realiza. 

 riesgo subjetivo. Aquel que, al contrario del riesgo objetivo implica un conjunto de circunstancias relativas difícilmente objetivables, por lo que son de compleja valoración.

CLASES DE RIESGO ERGONÓMICO 

Se conocen varias clases de riesgos ergonómicos, entre las que se destacan la postura, el manejo del peso, las superficies de trabajo, los movimientos repetitivos y las flexiones, entre otras. 

Objetivos de la ergonomía 

La ergonomía tiene los siguientes objetivos dentro de la organización: 

 Diseñar el ambiente físico de trabajo para lograr comodidad, seguridad, salud e higiene laboral. 
 Diseñar herramientas, instrumentos, maquinarias e instalaciones de acuerdo a las necesidades y características físicas de los usuarios. 
 Estructurar métodos de trabajo para lograr productividad, calidad y economía. 
 Facilitar la selección de personal y ayudar a la capacitación y entrenamiento. 
 Analizar los puestos de trabajo, especificarlos y evaluar las tareas y los puestos. 
 Seleccionar la tecnología más adecuada para el sistema de trabajo. 
 Regular las condiciones de iluminación, ventilación, desplazamientos, ubicación de maquinas y herramientas en el entorno de trabajo. 
 Detectar riesgos de fatiga, cansancio y accidentes. 
 Promover la comodidad, la salud, la calidad de vida interna y lograr la satisfacción laboral.

TIPOS DE RIESGOS ERGONÓMICOS

Existen características del ambiente de trabajo que son capaces de generar una serie de trastornos o lesiones, estas características físicas de la tarea (interacción entre el trabajador y el trabajo) dan lugar a:

- Riesgos por posturas forzadas.

- Riesgos originados por movimientos repetitivos.

- Riesgos en la salud provocados por vibraciones, aplicación de fuerzas, características ambientales en el entorno laboral (iluminación, ruido, calor…)

- Riesgos por trastornos musculoesqueléticos derivados de la carga física (dolores de espalda, lesiones en las manos, etc.).

A continuación se la mencionan las distintas clases y las posibles consecuencias que provocan en el trabajador.

La postura: Según las funciones que un trabajador tenga en la empresa, se pueden encontrar distintas posturas: de pie, sentado, inclinado, en cunclillas, etc. Con el fin de evaluar si existe algún riesgo ergonómico se debe tener en cuenta también la posición del cuello, las extremidades superiores e inferiores, de la espalda y de las caderas, haciendo énfasis en la región lumbar.
El manejo de pesos: Por ejemplo de la materia prima, los insumos, de las herramientas y del producto terminado. El mayor riesgo se produce cuando el trabajador realiza un levantamiento incorrecto de objetos con un tamaño y volumen considerable, producto de la falta de educación de entrenamiento y de un equipo adecuado para efectuar el levantamiento.

Las superficies de trabajo inadecuadas: Esta categoría del riesgo ergonómico obedece al diseño de los puestos de trabajo; en muchas ocasiones no se tienen en cuenta los movimientos que deben ejecutar el trabajador, los sitios donde se ubican los materiales, los insumos y las herramientas, los instrumentos o medios de percepción de señales, los instrumentos o medios para ejercer el control de acuerdo a lo que se percibe y las sillas. E s por ello que, cuando las superficies de trabajo no son las más adecuadas, el trabajador tiene que realizar estiramientos verticales u horizontales en sentidos laterales, lo que puede acarrear lesiones osteomusculares.

Los movimientos repetitivos: Ya sean con las manos, los brazos, la columna en la zona lumbar o los pies, se presentan cuando el trabajador requiere realizar acciones a través de los medios o sistemas de control, como ejemplo palancas, pedales, perillas, etc. Estos deben ser evaluados solo en aquellas actividades en que el trabajador repite continuamente una acción.

Las flexiones: Son movimientos del cuerpo a través de los cuales los huesos y otras partes se aproximan entre sí, por ejemplo la flexión del brazo, del codo, etc. El hecho de no disponer de un espacio de trabajo organizado puede obligar al trabajador a adoptar posturas no acordes con sus características anatómicas, a manejar y levantar objetos por encima de la norma legal, que pueden producir estrés y generar tensión muscular acompañada de dolor. Las zonas que más se resienten son el cuello, los hombros, la espalda y la región lumbar.

El gasto calórico: A la liberación de energía de una persona se le denomina energía metabólica, la cual está constituida por tres clases de energía: la energía laboral, la basal y la extralaboral. Para la energía laboral se utilizan las tablas del instituto Max Planck (ver la siguiente tabla) las cuales establecen las relaciones de trabajo energía calórica; estas medidas se encuentran en función de la postura del cuerpo y de la actividad que desarrolla el trabajador. Para su utilización se deben identificar las funciones que tiene el trabajador en un cargo y luego se divide cada función en actividades, lo que permitirá identificar la postura, la actividad que desempeña y el consumo calórico necesario de kilocalorías.-

Provincia de Buenos Aires
Ministerio de Salud
Dirección de Capacitación y Desarrollo de Trabajadores de la Salud
Carrera: TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERÍA
Asignatura: Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo
Docente: Marcelo LAMONEGA

Bibliografía de la Asignatura

martes, 18 de abril de 2017

DIAGRAMA ¿Qué son las CyMAT.

¿Qué son las Condiciones y medio ambiente de trabajo –CYMAT-?

“Como el medio ambiente de trabajo es una parte importante del medio total en que vive el hombre, la salud depende de las condiciones de trabajo”

El concepto de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, hoy es entendido a partir de una visión integradora de la relación del hombre con su medio social, físico y cultural y con su calidad de vida en general.


Análisis del diagrama:

Los factores relacionados con el trabajador y su entorno.
Análisis del diagrama:

  • En el círculo que rodea inmediatamente “la situación vivida por el trabajador”, se reúnen en forma esquemática los principales elementos que constituyen las condiciones y medio ambiente de trabajo o que contribuyen a ellos, directamente. Sus influencias confluyen y se combinan; las flechas simbolizan la existencia de esas relaciones, sin representarlas, por supuesto, de manera detallada.

  • Cada uno de los factores representados influye en la situación vivida por el trabajador, pero asimismo también en los demás elementos de las condiciones y medio ambiente de trabajo.

  • Los elementos situados en la mitad superior del círculo, están vinculados a la técnica, los aspectos económicos y la organización.

  • Los de la mitad inferior se relacionan con el hombre y su entorno.

  • Fuera del círculo, por encima y debajo de él, están indicados algunos de los elementos que constituyen el contexto general en el que se sitúan el trabajador y su trabajo.


 Podemos ver el alcance de las CYMAT en el siguiente diagrama.



jueves, 13 de abril de 2017

Calidad de vida en el trabajo del equipo de enfermería

Qualidade de vida no trabalho na equipe da enfermagem

AUTOR CORRESPONDENTE María Olga Quintana Zavala, Tatiana Maria Paravic KlijnII
I Universidad de Sonora, División de Ciencias Biológicas y de la Salud,
Departamento de Enfermería. Hermosillo-Sonora, México.
II Universidad de Concepción, Facultad de Medicina, Departamento de Enfermería. Concepción, Chile.
Calidad de vida en el trabajo del equipo de enfermería
Rev Bras Enferm. 2014 mar-abr; 67(2): 302-5.

RESUMEN

El presente artículo aborda aspectos relacionados con el concepto de trabajo, la calidad de vida y su relación con el equipo de enfermería en el contexto mexicano. Los profesionales del área de la salud presentan alteraciones que muchas veces son pasadas por alto, sobre todo cuando la persona es del género femenino y antepone los cuidados de usuarios, familia y/o amigos o miembros de la comunidad, a los suyos propios. En el caso de las instituciones o áreas de trabajo, aunque el empleo proporciona múltiples beneficios al ser humano, también la falta de condiciones adecuadas para efectuarlo, acarrea aspectos negativos o condiciones patológicas, lo que se puede relacionar con niveles pobres de calidad de vida en el trabajo. Los miembros del equipo de enfermería requieren ejercer su labor en las mejores condiciones de trabajo para de este modo conservar su salud física y mental.


INTRODUCCIÓN

Cada vez más, el trabajo está ocupando una parte muy importante en la vida de las personas, lo que tiene implicancias positivas, ya que confiere realización personal, proporciona prestigio social y contribuye a la identidad, sin embargo, el trabajo también puede ser percibido como algo negativo, indeseado, conflictivo o como una carga por sus normas, rutina, exigencias o burocracia.
 Lo anterior está relacionado a el enfoque económico neoliberal imperante en la mayoría de los países de América Latina y el mundo, que ha propiciado importantes cambios en los estilos de vida de la población por su orientación hacía privilegiar el desarrollo económico, aún antes del intelectual, físico o mental de los individuos, lo que ha contribuido a cambiar la forma y el significado que las personas le atribuyen al trabajo.
Los recintos laborales no están exentos de la gran influencia del neoliberalismo, puesto que en ocasiones se valora de forma enaltecida la productividad por encima de la calidad del servicio que la institución oferta.
Este problema ha alcanzado también a las instituciones de salud, donde los prestadores de la atención sanitaria se han visto envueltos en procesos que involucran no trabajar en las mejores condiciones y en algunas ocasiones disminuir el tiempo de cuidado requerido para cada usuario, con deficiente cantidad y la calidad de insumos necesarios para la atención, entre otros factores que de una u otra forma comprometen el actuar profesional y a la larga la propia salud del prestador de servicios.

El presente artículo aborda aspectos relacionados con el concepto de Trabajo, la Calidad de Vida y su relación con el Equipo de Enfermería en el contexto mexicano.

DESARROLLO

Concepto de trabajo

Uno de los teóricos clásicos que se acercaron al concepto de trabajo fue Marx, quien definió al trabajo como, “en primer lugar, un proceso entre el hombre y la naturaleza, un proceso en que el hombre media, regula y controla su metabolismo con la naturaleza. El hombre se enfrenta a la materia natural misma como un poder natural. Pone en movimiento las fuerzas naturales que pertenecen a su corporeidad, brazos y piernas, cabeza y manos, a fin de apoderarse de los materiales de la naturaleza bajo una forma útil para su propia vida…”(I Este escrito pretende utilizar un lenguaje que no discrimine ni marque diferencias entre mujeres y hombres, sin embargo, el autor citado, usa la palabra hombre de forma indistinta para hablar de varones y mujeres, por lo que al utilizar el masculino genérico clásico todas las menciones en tal género representan siempre a mujeres y hombres).

“La libertad para elegir un trabajo conforme a las convicciones y creencias personales, siempre y cuando sea lícito, es un derecho fundamental del ser humano”.
“El trabajo cumple una función social y la persona está en libertad para contratar y dedicar su esfuerzo a la labor lícita que elija, así mismo las relaciones laborales deberán de fundarse siempre en un trato compatible con la dignidad de la persona”, en México está situación es una realidad en la mayoría de los casos, sin embargo, en ocasiones las relaciones laborales no siempre se establecen en las condiciones ideales para el trabajador, lo que se contrapone a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y repercute en la calidad de vida de los trabajadores.

Asimismo, el trabajo fue definido como una actividad, realizada por una o varias personas, orientada hacia una finalidad, la prestación de un servicio o la producción de un bien que tiene una realidad objetiva y exterior al sujeto que lo produjo, con utilidad social. El trabajo así entendido involucra a todo ser humano que pone en alto sus capacidades y no solamente sus dimensiones fisiológicas y biológicas, dado que al mismo tiempo que soporta una carga estática, con gestos y posturas despliega su fuerza física, moviliza las dimensiones psíquicas y mentales..


Además, el trabajo es una variable que se ha visto relacionada con el bienestar subjetivo, porque provee óptimos niveles de estimulación o niveles que las personas encuentran placenteros, además de relaciones sociales positivas y un sentido de identidad y significado. Para las mujeres la relación entre satisfacción con el trabajo y satisfacción con la vida ha crecido fuertemente en décadas recientes, dado que los roles sociales han cambiado, al producirse un aumento significativo de mujeres que trabajan remuneradamente. Es decir, se ha originado una modificación de las trayectorias laborales y profesionales entre las mujeres.
El tipo de trabajo que se efectúa interviene en todos los aspectos de la vida de los individuos, sus familias y comunidades, tanto en el ámbito de la salud, el estilo de vida, las actividades recreativas que realizan, entre otros, por lo que influye fuertemente en la Calidad de Vida (CV), tema que se ha analizado desde la época de los antiguos griegos, aunque su análisis dentro del campo de la salud es relativamente reciente, existió un auge de su estudio en la década de los 90 y se mantiene en los primeros años del siglo XXI.
El concepto de CV surge como la percepción que tienenlos individuos acerca de su vida, en el sentido de si se sienten realizados con sus propias expectativas y proyectos.

La CV puede evaluarse a partir de reconocer que es un concepto multidimensional que incluye estilo de vida, vivienda, satisfacción en la escuela y el empleo, así como situación económica, entre otros determinantes, consiste en la sensación, percepción de bienestar que puede ser experimentada por las personas y que representa la suma de sensaciones subjetivas y personales de “sentirse bien”.

La CV surge de una evolución, desde considerarla como sinónimo de bienestar, felicidad, nivel y condiciones de vida, desde considerarla como sinónimo de bienestar, felicidad, nivel y condiciones de vida,  hasta un concepto más integrador tanto de aspectos objetivos como subjetivos, no obstante la definición de la CV, está envuelta en múltiples discusiones, puesto que es una noción eminentemente humana que se relaciona con el grado de satisfacción que tiene la persona con su situación física, estado emocional, vida familiar, amorosa y social, así como el sentido que le atribuye a su vida.
Al fusionar el concepto de calidad de vida y trabajo, surge el término de calidad de vida en el trabajo (CVT), al respecto diversos autores afirman que el único acuerdo es que no existe un consenso en su definición, ya que es complejo e implica diversas temáticas tanto objetivas como subjetivas, sin embargo, la CVT es definida por autores mexicanos como un concepto multidimensional que se integra cuando el trabajador, a través del empleo y bajo su propia percepción, ve cubiertas las siguientes necesidades personales: soporte institucional, seguridad e integración al puesto de trabajo y satisfacción por el mismo, identificando el bienestar conseguido a través de su trabajo y el desarrollo personal logrado, así como la administración de su tiempo libre.
Al respecto de la CVT de los profesionales del área de la salud debería ser óptima ya que aparentemente cuentan con los conocimientos y los medios necesarios, para prevenir riesgos y realizar acciones de autocuidado, en todas las esferas del ser humano.
Sin embargo, diversos estudios destacan que esta afirmación está lejos de ser una realidad ya que hay evidencia de que dentro del grupo de profesionales del área de la salud, existen múltiples problemáticas y en el caso especifico del Equipo de Enfermería han desarrollado patologías tales como el síndrome de Burnout, estrés laboral, conflictos relacionados a la violencia dentro de las instituciones de salud, dirigida tanto a los pacientes como entre los mismos profesionales, así como índices de pobre satisfacción laboral.
Dichas problemáticas están posiblemente asociadas a las condiciones de trabajo, así como a los riesgos reconocidos en la literatura relacionados a trabajar en hospitales que implica una carga mental la cual incide en la calidad de la atención, en la CVT y la calidad de vida en general de las personas.
Los profesionales del área de la salud en ocasiones presentan alteraciones que muchas veces son pasadas por alto y poco tratadas, sobre todo cuando la persona es del género femenino y antepone los cuidados de sus pacientes, su familia y/o amigos o miembros de su comunidad, a los suyos propios.
En el caso de las instituciones o áreas de trabajo, aunque el empleo proporciona múltiples beneficios al ser humano, también la falta de condiciones adecuadas para efectuarlo, acarrea aspectos negativos o condiciones patológicas, lo que se puede relacionar con niveles pobres de CVT.
La Enfermería se debe ejercer con libertad, sin presiones de cualquier naturaleza, en un entorno que garantice la seguridad e integridad personal y profesional, con los recursos necesarios que le permitan el óptimo desempeño de sus funciones, recibir trato digno por parte de los pacientes, sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo independientemente del nivel jerárquico, además tener acceso a diferentes alternativas de desarrollo profesional, asociarse libremente para impulsar, fortalecer y salvaguardar sus intereses profesionales, acceder a posiciones de toma de decisión
de acuerdo a sus competencias, sin discriminación alguna, en igualdad de condiciones que otros profesionistas.
Tomando en cuenta que el Equipo de Enfermería en México es el grupo de trabajadores del área de la salud que constituye el recurso humano más numeroso y heterogéneo, ya se clasifica en personal de enfermería profesional y no profesional.
Dicho personal desempeña un conjunto de acciones muy importantes, puesto que proveen cuidado a la salud, en contacto directo y de forma continua, a los usuarios y usuarias de las diversas instituciones de salud, tanto públicas como privadas.
Así mismo, las Enfermeras profesionales efectúan actividades de gestión del cuidado y contribuyen en gran medida a la organización de los servicios de salud.
Sin embargo, las características propias de las profesiones llamadas feminizadas entrañan dificultades que podrían contribuir al deterioro de la CVT, lo que está muy relacionado con las exigencias sociales atribuidas al hecho de ser mujer, cuidadora, en una sociedad latinoamericana.
Existen diversas problemáticas laborales coincidentes con las identificadas en toda Latinoamérica entre ellas la inestabilidad laboral, condiciones deficientes de trabajo, limitaciones para disponer de equipos y materiales imprescindibles para el mejoramiento efectivo de la calidad de la atención, sobrecarga laboral derivada de la escases de profesionales de enfermería y desvalorización de la Enfermera profesional.
Los gobiernos manifiestan expresamente la preocupación por la calidad de vida de las personas incluyendo dentro de su plan de trabajo acciones puntuales tendientes a incrementarla, muchas de estas acciones se espera sean ejecutadas directamente por Enfermeras y Enfermeros, por lo que es importante conocer de forma objetiva el nivel de calidad de vida en el trabajo de las personas que tienen bajo su responsabilidad profesional fomentar mejores niveles de calidad de vida en la población general.
Lo anterior es indispensable según las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que apuntan a elevar la calidad de vida en el trabajo de los grupos vulnerables, específicamente al instaurar el concepto de trabajo decente, buscando restaurar los marcos éticos que deben de existir en relación al trabajo.
El caso de la Enfermería mexicana, podría entrar en la clasificación de grupo vulnerable, por el hecho de ser un  profesión conformada en su mayoría por mujeres, en general de clase media y baja, vivir en un país de importantes contrastes en cuestión económica y de distribución de recursos, con abundantes contrataciones eventuales, salarios bajos al equipararlos con los de otros profesionales sanitarios, sistemas rígidos de supervisión y control, entre otros.

CONSIDERACIONES FINALES


Los miembros del Equipo de Enfermería constituyen un recurso valioso en salud para los pueblos del mundo, querequieren ejercer su labor con las mejores condiciones de trabajo para de este modo conservar su salud física y mental y así poder cuidar la salud de los usuarios y usuarias a su cargo.
La evaluación de la CVT del Equipo de Enfermería es indispensable para elaborar políticas y prácticas innovadoras, las cuales reflejen las necesidades de sus integrantes de acuerdo a uno de los objetivos de los Gobiernos e Instituciones, que deben ofrecer oportunidades de avance profesional y mejores condiciones de trabajo a los prestadores de servicios en el área de la salud, con especial atención en el equipo de Enfermería.


ReBEn  Revista  Brasileña de  Enfermería. 2014 mar-abr; 67(2): 302-5. DOI 10.5935/0034-7167.20140041
Carrera: TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERÍA

Asignatura: Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo

Unidad N° 1

Tema: Política de salud y seguridad ocupacional de los servicios de salud.


  1. INTRODUCCIÒN:

El sector sanitario presta un servicio esencial para la sociedad.  En éste sector, se dan gran parte de los riesgos laborales en el puesto de trabajo que pueden afectar la salud y la seguridad de cada trabajador.

Los peligros que pueden aparecer en un entorno laboral, en el sector sanitario, son de las más variadas características.

Un establecimiento sanitario ( Hospital, Clínica, Unidad Sanitaria, etc.) cuenta con laboratorios, lavanderías, talleres, depósitos de gases, consultas, hospitalización, quirófanos, centrales de esterilización, radiología, urgencias, cocinas, archivos, bibliotecas, centrales de transformación eléctrica, calderas, almacenes, departamentos administrativos…
En estos y otros lugares de trabajo no citados, estos peligros que sin apenas darnos cuenta nos rodean, pueden provocarnos accidentes de trabajo debidos a caídas, golpes, contactos eléctricos, contactos térmicos, incendios, explosiones, atrapamientos, golpes con vehículos, salpicaduras, agresiones, sobreesfuerzos, cortes, pinchazos… También pueden causarnos enfermedades profesionales, ya sean producidas por agentes físicos (ruidos, vibraciones, radiaciones), agentes biológicos, agentes químicos…Y también acarrearnos otro tipo de enfermedades relacionadas con el trabajo, causadas por los peligros de origen ergonómico y psicosocial: la carga física, la carga mental, la insatisfacción, la turnicidad, la nocturnidad, los elevados ritmos de trabajo, la precariedad laboral, la mercantilización de la sanidad…

La Ley N° 24.557 de Prevención de Riesgos Laborales, los Reglamentos, Decretos, Resoluciones y Disposiciones que la complementan y desarrollan son documentos con parámetros mínimos de prevención de riesgos laborales, A través de ella se  establece como uno de los objetivos fundamentales del Sistema, creado por dicha norma, es la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos laborales. 

El artículo 1° de la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, establece que sus disposiciones se aplicarán a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades, el medio donde ellas se ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten.

El artículo 4°, inciso b) de la Ley N° 19.587 establece que la normativa relativa a Higiene y Seguridad en el Trabajo comprende las normas técnicas, las medidas sanitarias, precautorias, de tutela y de cualquier otra índole que tengan por objeto prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo.
Estas medidas son (señalización, lugares de trabajo, radiaciones, manipulación manual de cargas, pantallas de visualización de datos, equipos de trabajo, agentes biológicos, equipos de protección individual…) la protección minima con la que cuentan los trabajadores y trabajadoras contra los diferentes riesgos y son los mínimos exigibles...no llegar a ellos sería para nosotros, como trabajadores y trabajadoras, perder derechos laborales y exponernos a la pérdida de uno de nuestros bienes más preciados: la salud.



  1. TRABAJO DECENTE:

Concepto de Trabajo Decente según las Organizaciones Internacionales de Trabajo y de Salud. Su adecuación al trabajo en Enfermería

Como ya lo hemos visto en la clase anterior, el concepto de trabajo es abarcativo y contempla todos los aspectos. Según las definiciones, podemos decir que el trabajo representa un eje central en la vida de cada individuo, por lo tanto al ocupar un lugar preponderante su importancia es decisiva, situación por la cual, las personas en pos de conservar la fuente de ingresos y sustento que éste representa, suelen resignar parte de sus derechos aceptando condiciones laborales en ámbitos inseguros. Esta situación viene siendo enunciada y advertida por distintas corrientes de pensamiento, desde los comienzos de la era de la globalización. La permanente posibilidad de la pérdida del empleo y por tanto la seguridad social y la estabilidad económica que ésta representa, es uno de los principales actores que obran en detrimento de las condiciones y del medioambiente de trabajo.

Durante el Congreso de la OIT, realizado en Copenhagen en el año 95, fueron enunciadas estas situaciones, razón por la cual, las distintas organizaciones participantes dieron comienzo a la elaboración de una serie de pautas a las que denominaron Indicadores de Trabajo Decente.


  1. El TD EN EL SECTOR SALUD

El trabajo en el sector salud, particularmente en los servicios asistenciales, se distingue del de otros ámbitos por tener objetos muy especiales, es decir, las personas atendidas. Además, la actividad que el personal efectúa contiene riesgos específicos que, durante la interacción, pueden generar problemas de salud en el conjunto de los trabajadores y en cada uno de ellos. 
Ya existen algunas evidencias de que las inadecuadas condiciones de trabajo de los profesionales de atención primaria repercuten negativamente en su propia salud y en la calidad de atención ofrecida.
En Argentina, la estrategia de Atención Primaria de Salud (APS) constituye un eje central de la política sanitaria.

Se han desarrollado múltiples iniciativas para fortalecerla, especialmente en el primer nivel de atención, aunque la consideración de las condiciones de trabajo es muy reciente y aún se observan escasas acciones de monitoreo y evaluación. No obstante, en los últimos años han surgido un conjunto de iniciativas que buscan promover mejoras en las condiciones de trabajo y empleo en salud. Su propósito es construir colectivamente políticas e intervenciones para el desarrollo de los recursos humanos, con el objetivo de alcanzar el “trabajo decente en salud”. 
Se destacan el programa de Trabajo Decente (TD) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Plan de Acción Regional de Recursos Humanos para la Salud 2005-2015 de la OPS, que propone alcanzar una serie de objetivos estratégicos tendientes a generar relaciones laborales adecuadas entre el personal y las organizaciones de salud, a fin de fomentar la creación de ambientes de trabajo saludables y garantizar institucionalmente la prestación de servicios de buena calidad para toda la población.

Para cumplir los objetivos mencionados, es necesario conocer las condiciones en las que realizan su tarea los trabajadores de salud y definir metodologías que permitan medir de manera concreta las CyMAT. Así surgen los indicadores estadísticos sugeridos por la OIT para la medición del TD (resumidos en la Tabla 1, elaborada sobre la base de lo propuesto por Anker) se mide cualitativamente, la cercanía a la condición ideal de trabajo decente.



Resumen de indicadores propuestos para la medición del trabajo decente.

martes, 11 de abril de 2017

GUÍA PRÁCTICA DE LA RESOLUCIÓN SRT N° 886/15




http://www.srt.gob.ar/images/pdf/GuiaPracticaErgonomia.pdf 
Resultado de imagen para res 886 srt

GUÍA PRÁCTICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE ERGONOMÍA 
DE LA RESOLUCIÓN SRT N° 886/15
http://www.srt.gob.ar/images/pdf/GuiaPracticaErgonomia.pdf 

Resolución 886/2015 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO




Resolución 886/2015


Bs. As., 22/4/2015



VISTO, el Expediente N° 22.013/15 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557, los Decretos N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, N° 658 de fecha 24 de junio de 1996, N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996, N° 1.338 de fecha 25 de noviembre de 1996, N° 617 de fecha 7 de julio de 1997, N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007, N° 49 de fecha 14 de enero de 2014, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso a) del apartado 2° del artículo 1° de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557, establece que uno de los objetivos fundamentales del Sistema, creado por dicha norma, es la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos laborales.

Que el artículo 4° de la citada norma establece que los empleadores, los trabajadores y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo comprendidos en el ámbito de la Ley N° 24.557 están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo. A tal fin, dichas partes deberán asumir compromisos para cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.

Que el artículo 1° de la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, establece que sus disposiciones se aplicarán a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades, el medio donde ellas se ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten.

Que el artículo 4°, inciso b) de la Ley N° 19.587 establece que la normativa relativa a Higiene y Seguridad en el Trabajo comprende las normas técnicas, las medidas sanitarias, precautorias, de tutela y de cualquier otra índole que tengan por objeto prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo.

Que el artículo 5° de la norma mencionada en el considerando precedente establece en su inciso l) que a los fines de la aplicación de esa ley se considera como método básico de ejecución, la adopción y aplicación de los medios científicos y técnicos adecuados y actualizados que hagan a los objetivos de la norma.

Que el inciso ñ) del referido artículo, estima como necesaria la difusión y publicidad de las recomendaciones y técnicas de prevención que resulten universalmente aconsejables o adecuadas.

Que asimismo, los artículos 8° y 9° de la citada ley establecen que el empleador deberá adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores.

Que por su parte, el Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.) N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003, reconoce los trastornos músculo esqueléticos relacionados con el trabajo como un problema importante de salud laboral que puede gestionarse utilizando un programa de ergonomía integrado para la salud y la seguridad.

Que los factores de riesgo de incidencia indirecta, como el confort térmico, las vibraciones, el estrés de contacto y otras, deben considerarse como factores que coadyuvan a la generación de trastornos músculo esqueléticos, por lo que deben ser tenidos en cuenta al estimar el riesgo de la tarea e identificar las medidas preventivas específicas.

Que la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y la obtención de los niveles óptimos de rendimiento, sólo son posibles si el equipo, los lugares de trabajo, los productos y los métodos de trabajo se diseñan en función de las posibilidades y limitaciones humanas, es decir, aplicando los principios de la ergonomía.

Que el Decreto N° 658 de fecha 24 de junio de 1996 aprobó el Listado de Enfermedades Profesionales, identificando los diferentes orígenes, entre los cuales se encuentran las relacionadas con trastornos músculo esqueléticos. Asimismo, el Decreto N° 49 de fecha 14 de enero de 2014 incorpora al Listado de Enfermedades Profesionales las hernias inguinales y discales, y las várices primitivas bilaterales.

Que el Servicio de Higiene y Seguridad, en conjunto con el Servicio de Medicina Laboral del establecimiento, tienen como objetivo fundamental el de prevenir todo daño que pudiera causarse a la vida y a la salud de los trabajadores, creando las condiciones para que la salud y la seguridad sean una responsabilidad del conjunto de la organización, conforme lo dispuesto por el Decreto N° 1.338 de fecha 25 de noviembre de 1996.

Que para la prevención de las patologías anteriormente citadas, los Servicios Medicina Laboral y de Higiene y Seguridad en el Trabajo, deberán identificar los puestos de trabajo donde se producen o podrían producirse trastornos músculo esqueléticos y otras enfermedades profesionales, de evaluar el nivel de riesgo de los puestos identificados, de establecer las medidas necesarias para su prevención y de realizar el seguimiento de las acciones correctivas correspondientes.

Que para ello es pertinente aclarar que la evaluación de factores de riesgos debe realizarse con los métodos ya citados por la Resolución M.T.E. y S.S. N° 295/03 y/u otros métodos de evaluación ergonómica reconocidos internacionalmente, en cuanto se adapten a los riesgos que se propone evaluar.

Que por lo antedicho se hace necesaria la unificación de criterios entre los profesionales intervinientes para la prevención de estas enfermedades, desde una metodología de abordaje de origen multicausal.

Que en este sentido, se hace necesario el uso de protocolos estandarizados, para facilitar la prevención de las condiciones y medio ambiente del puesto de trabajo.

Que la evaluación de los factores de riesgo, la identificación de las medidas correctivas y preventivas y el estudio ergonómico, deberán ser realizados por un profesional con conocimientos en ergonomía.

Que el cumplimiento de este protocolo no exceptúa el cumplimiento de lo dispuesto en el Anexo I —Ergonomía— de la Resolución M.T.E. Y S.S. N° 295/03.

Que, asimismo, a fin de brindar información complementaria para una identificación, evaluación y prevención de los factores de riesgo, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO publicará en su página web www.srt.gob.ar una guía práctica al respecto.

Que corresponde facultar a la Gerencia de Prevención a determinar y/o modificar formatos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la presente resolución, así como dictar normas complementarias, en conformidad con las misiones y funciones asignadas por la Resolución S.R.T. N° 3.117 de fecha 21 de noviembre de 2014.

Que la Gerencia de Asuntos Legales de la SRT ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso a), apartado 1° del artículo 36 de la Ley N° 24.557, el artículo 2° del Decreto N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, el artículo 3° del Decreto N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996 y el artículo 2° del Decreto N° 617 de fecha 7 de julio de 1997 —conforme modificaciones dispuestas por los artículos 1°, 4° y 5° del Decreto N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003—, y el artículo 2° del Decreto N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el “Protocolo de Ergonomía” que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, como herramienta básica para la prevención de trastornos músculo esqueléticos, hernias inguinales directas, mixtas y crurales, hernia discal lumbo-sacra con o sin compromiso radicular que afecte a un solo segmento columnario y várices primitivas bilaterales.

El Anexo I está conformado por la Planilla N° 1: “Identificación de Factores de Riesgo”; la Planilla N° 2 “Evaluación Inicial de Factores de Riesgo” integrada por las planillas 2.A, 2.B, 2.C, 2.D, 2.E, 2.F, 2.G, 2.H y 2.I; la Planilla N° 3: “Identificación de Medidas Preventivas Generales y Específicas” necesarias para prevenirlos, y la Planilla N° 4: “Seguimiento de Medidas Correctivas y Preventivas”.

ARTICULO 2° — Apruébase el “Diagrama de Flujo” que, como Anexo II forma parte integrante de la presente, el cual indica la secuencia de gestión necesaria para dar cumplimiento al Protocolo de Ergonomía.

ARTICULO 3° — Apruébase el “Instructivo” que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente, el cual contiene la información necesaria para completar cada una de las planillas del Protocolo de Ergonomía.

ARTICULO 4° — El Protocolo será de aplicación obligatoria para todos los empleadores, excepto aquellos cuyo protocolo de gestión de la ergonomía sea de similares características y siempre que incluya los distintos pasos de identificación de riesgos, evaluación de riesgos, definición de medidas para la corrección y prevención, y su implementación y seguimiento para cada puesto de trabajo.

ARTICULO 5° — A fin de asegurar el cumplimiento del Protocolo, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo deberá:

a) Asesorar al empleador en el cumplimiento de la presente resolución.

b) Denunciar ante la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) la falta de cumplimiento de lo estipulado en la presente, teniendo en cuenta los plazos previstos en el Punto 5 del Anexo III.

ARTICULO 6° — Establécese que a los efectos de brindar información complementaria y criterios de base para identificar, evaluar y proponer medidas, se podrá consultar la Guía Práctica que se publicará en el sitio de la SRT www.srt.gob.ar.

ARTICULO 7° — Facúltase a la Gerencia de Prevención de esta S.R.T. a modificar y determinar plazos, condiciones y requisitos establecidos en la presente resolución, así como a dictar normas complementarias.

ARTICULO 8° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.